sábado, 24 de julio de 2010

RESPECTO AL DESCUENTO EN LA LIQUIDACION

SALUDOS CORDIALES Y SEGUIMOS EN CONTACTO

JUAN REY BRUGADA A.



Respecto de la promociòn que ofreciò el SAE, que consistìa en un muy atractivo descuento si pagabamos en una sola exhibiciòn, BUENO PUES ES FALSA, personalmente fui el lunes pasado a preguntar a la sede del SAE en Portales, y dijeron que habìa sido un error, de hecho ya no està en internet.

El gancho es completo, primero llamè al nùmero màgico del SAE y dicen que uno no està en la base de datos, entonces te obligan a ir personalmente al SAE, ya en el SAE me dieron dos saldos diferentes, uno màs alto y otro màs bajo al que aparece como remanente en el cheque de la semana 40, el de la semana 41 no tenemos cheque, solo un pequeño voucher del banco donde dice que la citada semana està pagada.

En resumen el SAE miente, ellos no pueden ni deben cobrar los remanentes del fondo de vivienda, ese es un fondo que de acuerdo con la Cl. 98 de CCT se constituyò a cambiò de no cotizar al INFONAVIT, el dato es el siguiente: la aportaciòn obligatoria de LEY del patròn es de aportar el 5% de la nòmina al INFONAVIT, si un trabajador es despedido o separado por cualquier causa y no ejerciò su programa habitacional, ademas de su liquidaciòn tiene derecho a que le reintegren la parte que le corresponda del fondo de vivienda, en comparaciòn con Luz y Fuerza el patròn se obligò a aportar el 15% bimestral de la nómina global incluyendo activos y jubilados, en consecuencia equivalìa al 7.5 mensual. Por lo que si al momento de la liquidaciòn de Luz y Fuerza no se habìa ejercido la prestaciòn en la liquidaciòn se debiò cubrir la 66 milèsima parte del fondo que se constituye de manera independiente a la fecha de ingreso a laborar de cada trabajador. Por el contrario si se ejerciò la prestaciòn, con lo que restaba del fondo y las cuotas recuperadas hasta la semana 41 se debe cubrir el saldo, de esa diferencia el SAE està prorrateando los descuentos, solo que jurìdicamente no tiene personalidad para cobrar pues se reitera que el dinero no era de Luz y Fuerza, ni del Sindicato, si no de los trabajadores, en la Cl. 98 està muy claro el SME gestiona los tràmites de la prestaciòn y la empresa es la Administradora del fondo, no la dueña. Y en todo caso el saldo se debiò cobrar del monto de la liquidaciòn. Por qué no lo retuvieron del fondo de la liquidación, porque legalmente estaba impedido el SAE para hacerlo, porque lo hace ahora, para ver quien cae. Algo es un hecho el SAE puede demandar judicialmente el pago, SI, pero hay que ganarle demandando lo antes posible la liberaciòn de la hipoteca al propio SAE y/o LyFC en liquidación. El SAE està pidiendo que se le firme una carta compromiso en un plazo no mayor de 7 dìas hàbiles, para que al octavo dìa se le pague el 100% del saldo que ellos te dan, el cual para variar està erroneo, lo que nos toca a cada uno es iniciar el procedimiento legal por cuenta propia, es personal, no hay intermediariarios, de lo contrario antes de que cada quièn inicie el proceso legal que juzgue conveniente, no firmen nada de notificaciòn de adeudos del programa habitacional y tampoco depositen a los bancos y cuentas que aparecen en internet, un solo pago hace la veces de la figura jurìdica de "acto consentido", en otras palabras aceptan la deuda. Generosa pero burlonamente el SAE te da otra magnìfica salida, sigue pagando como lo venías hacien, toma el saldo de tus descuentos semanales màs las cuotas de los seguros de casa y de vida, multiplicalo por 4 y esa es tu mensualidad, aaaaah, pero cada cuatro meses debes aportar la misma cantidad que te descontaban de los ahorros, aquì viene otro grave problema que el super personal calificado del SAE no pudo responder, en cada ahorro, por contrato colectivo nosostros contabamos con un apoyo de 2/3 sobre la cantidad ahorrada, ahora quien te la va a financiar, NADIE, el sr. Lozano dijo que el proceso de liquidaciòn y todo lo relativo al cierre de Luz y Fuerza era en estricto apego al CCT, y luego? el personal del SAE simplemente argumentò, no sabemos nada de contratos colectivos, ni de leyes, nosotros somos empleados de otra empresa que le trabaja al SAE, por lo tanto solo le podemos informar que usted debe tanto y ya tiene vencidas varias semanas semanas de pago por que no aportó a ninguna cuenta autorizada, PREGUNTÈ, atrasadas? Por què? yo no me niego a pagar, ustedes debieron descontar de la liquidaciòn dichas sumas. Simplemente no supieron que contestar.
Curiosamente si estàn otorgando la Forma 37 de la SHCP para ajustar la devoluciòn del impuesto, porque curiosamente para liquidarnos tomaron en cuenta un salario muy bajo, y para retenernos el impuesto tomaron en cuenta el salario integrado incluyendo percepciones no grabables, pregunta a tu contador de confianza y tramita la F37 en el mòdulo del SAE, para que Hacienda te devuelva una importante cantidad que està a tu favor, esto es muy independiente de quien ha presentado solicitud de aclaración sobre saldos por errores en el cálculo de la liquidaciòn, saldos en programa habitacional, o tràmites de jubilaciones, demandas, pensiones alimenticias, y otros conceptos a los que legalmente seguimos teniendo derecho.

SALUDOS

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