Compañeros que podrán jubilarse por riesgo o enfermedad de trabajo o no de trabajo que lo tuvieron antes del 10 de octubre del 2009. (14 casos)
Compañeros que pueden aplicar al anticipo de su seguro sindical 25% por salud precaria (70 casos)
Compañeros que podrán jubilarse con más de 20 años de servicio y 60 años de edad por concepto de salud precaria solicitada antes del 10 de octubre del 2009 (44 casos)